Promovemos el cumplimiento normativo y el comportamiento ético de todos los empleados y sociedades de Grupo Cobega. Ayúdanos a reforzar nuestra cultura de integridad y a mantener el compromiso con nuestros valores.
Solicite información sobre nuestro modelo de Compliance.
Si ha detectado irregularidades o incumplimientos, presente aquí una denuncia.
Indíquenos el número de referencia de su denuncia y nos comunicaremos con usted para informarle sobre su estado.
Este es un canal operado externa e independientemente por Ribas y Asociados. Este no es un servicio de emergencia, si necesita ayuda inmediata, comuníquese con su servicio de emergencias local.
Quién puede utilizarlo:
El Canal Ético está puesto a disposición de empleados, proveedores, clientes, colaboradores o terceros interesados.
Dónde se dirigirá mi comunicación:
Su comunicación será revisada inicialmente por los gestores externos del Canal: Ribas y Asociados.
Si efectivamente constituye una infracción, deberá ser inmediatamente remitida al Compliance Officer para su tramitación.
Disponibilidad del Canal:
Este Canal se encuentra disponible las 24 horas del día durante todos los días del año.
Derechos del denunciante:
- Derecho a la confidencialidad. No se podrá comunicar al denunciado la identidad del
denunciante, con las excepciones legalmente previstas o en aquellos supuestos en los que
este último lo consienta expresamente cuando, de lo contrario, no fuera posible proseguir
con la investigación.
- Derecho a aportar los datos y documentos de los que disponga relacionados con los
hechos denunciados.
- Derecho a formular denuncias anónimas.
- Derecho a la no represalia, siempre que actúe de buena fe.
- Las denuncias de mala fe podrán dar lugar a las medidas disciplinarias y/o sancionadoras
que en su caso procedan contra el denunciante.
- Derecho a ser informado de la resolución o archivo de la denuncia, en su caso.
Derechos del denunciado:
- Derecho a que se le comunique en el tiempo más breve posible que se encuentra inmerso
en un proceso de investigación, fruto de una denuncia presentada contra él o su actuación,
salvo que una comunicación temprana pueda poner en riesgo la investigación. La citada
comunicación tendrá el contenido mínimo siguiente: el órgano encargado de la gestión,
los hechos denunciados, los derechos que le asisten y el procedimiento de trámite
de la denuncia.
- Derecho a aportar los datos y documentos de los que disponga relacionados con
los hechos denunciados.
- Derecho de acceso a los datos registrados, excepto la identidad del denunciante y
la de otras personas afectadas por el expediente, así como el área de procedencia de la
denuncia ni ninguna otra información que pueda facilitar la identificación del denunciante.
- Derecho a que se le informe de la resolución, sobreseimiento o archivo de la denuncia,
en su caso.
Efectos de la comunicación:
Quienes comuniquen de buena fe hechos o actuaciones, no serán objeto de sanción ni de cualquier otra consecuencia adversa.
Supuestos de no tramitación:
No se responderán ni tramitarán consultas de materias distintas a infracciones de la ley, del Código Ético y demás normativa interna. La información recibida que no se ajuste a estos supuestos, será automáticamente destruida.